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Reforman Diputados Locales la Ley Estatal de Salud

Fecha/hora de publicación: 26 de mayo de 2016 17:28:03

Chihuahua, Chih.- Debido a la serie de secuelas psicológicas, emocionales y sociales en mujeres que padecen cáncer de mama, el Congreso del Estado por unanimidad de votos, reformó la Ley Estatal de Salud, en lo referente a que luego de estudios pertinentes por parte del área médica, si una mujer requiere la reconstrucción de mama, las instituciones públicas de salud en el Estado, llevarán a cabo las acciones para llevar a cabo esta disposición.

A partir del año 2006, en las mujeres mexicanas el carcinoma mamario se convirtió en la primera causa de muerte por cáncer. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), "en 2009 ocurrieron 4 mil 964 decesos atribuibles al cáncer de mama, lo que representó el 2% del total de defunciones ocurridas en mujeres. Esto significa que en ese último año murieron por cáncer de mama casi 14 mujeres cada día".

Estudiosos han señalado en relación con el cáncer de mama, que existe suficiente evidencia científica que confirma que en los países desarrollados, un programa de tamizaje organizado y realizado de manera óptima tiene el potencial de reducir entre el 20 y 40% la tasa de mortalidad y la carga de la enfermedad en la población en riesgo y que para lograr el impacto mencionado en el mediano plazo son esenciales servicios de alta calidad en todos los procesos desde la detección, el tratamiento y la rehabilitación.

Por lo antes mencionado, es que la Comisión legislativa de Salud, dictaminó que es necesario adicionar un párrafo a la fracción III del Artículo 34 y a la fracción III, del 40 del ordenamiento estatal en mención, donde se especifica que: tratándose de las personas que deban ser rehabilitadas como consecuencia del cáncer de mama, tendrán que ser evaluadas para determinar el tipo de rehabilitación integral que requieran.

Si de dicha evaluación médica se desprende la necesidad de la reconstrucción de mama, las instituciones públicas de salud en el estado, llevarán a cabo las acciones para cumplir con esta disposición, en los términos de la Norma Oficial Mexicana correspondiente, para lo cual se harán las previsiones presupuestales correspondientes.

Tratándose de las personas que deban ser rehabilitadas como consecuencia del cáncer de mama, tendrán que ser evaluadas para determinar el tipo de rehabilitación integral que requieran, conforme a las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

Las acciones establecidas en el Decreto de reforma, serán importantes para contribuir en la mejora de los aspectos psicológicos, emocionales y sociales de las mujeres que sufran estos perjuicios en su salud.

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